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Derechos de la víctima y del imputado en el Sistema Penal Acusatorio.

Derechos de la víctima y del imputado en el Sistema Penal Acusatorio. En el Sistema Penal Acusatorio tanto la víctima como el imputado tienen derechos, la víctima cuenta con los siguientes: •Atención médica y psicológica, así como a elegir el sexo de la persona que lo/a atenderá. •Poder pedir al juez providencias precautorias ara evitar amenazas para su perdona. •Asesoría jurídica y traductor o intérprete en caso de que no entienda español. •Que se le repare el daño y se le restituyan sus derechos. •Restricción de publicidad de audiencia por protección. •Recibir información sobre el proceso penal. •Que se investigue y castigue. •Oponerse al procedimiento abreviado. •Impugnar omisiones o resoluciones del Ministerio Público. •Solicitar la imposición de medidas cautelares y la realización de actos de investigación. ...

Derecho de los menores de edad a participar en los procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica. Lineamientos para su ejercicio.

Derecho de los menores de edad a participar en los procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica. Lineamientos para su ejercicio . En la tesis publicada el viernes 17 de marzo de 2017 en el Semanario Judicial de la Federación se establece que los niños y las niñas son titulares de derechos humanos, los cuales ejercen de manera progresiva conforme van adquiriendo un mayor nivel de autonomía por lo que durante su primera infancia actúan por conducto de otras personas, idealmente de sus familiares, por lo que su derecho a participar en procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica también se ejerce de manera progresiva sin depender de la edad ya que no puede determinarse en una regla fija, incluso de índole legal, ni aplicarse a todos los menores de forma generalizada por lo que tendrá que analizarse para cada caso. La participación de los niños y niñas en procedimientos judiciales tienen d...

Ofrecimiento de trabajo. Es de mala fe si el patrón no otorga al trabajador la posibilidad de elegir entre permanecer en la fuente de trabajo o salir de ella para disfrutar de la media hora de descanso prevista en el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo.

Ofrecimiento de trabajo. Es de mala fe si el patrón no otorga al trabajador la posibilidad de elegir entre permanecer en la fuente de trabajo o salir de ella para disfrutar de la media hora de descanso prevista en el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo.  En la tesis publicada el viernes 7 de diciembre de 2018 en el semanario judicial de la federación se establece que el patrón no puede imponer al trabajador el lugar donde podrá pasar la media hora de descanso a la que tiene derecho conforme a lo establecido en el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo, por lo cual podrá permanecer dentro de las instalaciones en las que trabaja o fuera de ellas, además de que esa media hora de descanso debe de ser considerada dentro de tiempo que dure su jornada de trabajo y remunerada como parte del salario ordinario. Si al ofrecer un empleo el patrón le restringe al trabajador el lugar en el que éste podrá llevar acabo su descanso s...

Vlll Coloquio de temas selectos de Derecho. Sistema nacional anticorrupción.

Vlll Coloquio de temas selectos de Derecho. Sistema Nacional Anticorrupción. Está conferencia que se llevó a cabo el jueves 24 de octubre en la unidad Cuajimalpa de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) y que fue impartida por el magistrado Alberto Gándara Ruiz Esparza se trató el tema del Sistema Nacional Anticorrupción, lo primero que se mencionó fue que el primer antecedente que se tiene respecto a este tema se encuentra en la Constitución de 1857 en el título lV denominado responsabilidades oficiales. El segundo antecedente que se tiene se encuentra en la Constitución de 1917 en su título lV, pero en ninguno de los dos documentos mencionados anteriormente se regula de manera específica el actuar de los servidores públicos. Fue hasta 1940 que se crea la Ley de responsabilidades de los servidores públicos, en la que propiamente se regulariza su actuar, está ley estuvo vigente durante 40 años...

Voluntad procreacional. Constituye un factor determinante en la filiación de un niño o una niña que nació bajo un procedimiento de inseminación artificial heteróloga.

Voluntad procreacional . Constituye un factor determinante en la filiación de un niño o una niña que nació bajo un procedimiento de inseminación artificial heteróloga . En la tesis que se publicó el 22 de junio de 2018 en el Semanario Judicial de la Federación se establece que en supuesto de que se realice el procedimiento de inseminación artificial heteróloga, en el cual una mujer es fecundada con el material genético de un donador anónimo, se debe de acreditar que los cónyuges otorgaron su voluntad para que la mujer fuera sometida a dicho procedimiento ya que de ser así jurídicamente tendrá una filiación con el hijo y, respecto al padre, tendrá un parentesco igual al que surgue por consanguineidad por lo cual existe una voluntad consensuada de ambos para ejercer su derecho a decidir de manera libre, responsable e informada respecto al número y el espaciamiento de sus hijos, apesar de que en...

Intervención del Estado en la privacidad familiar. Supuesto de riesgo a la vida del menor en contextos médicos.

Intervención del Estado en la privacidad familiar. Supuesto de riesgo a la vida del menor en contextos médicos. En la tesis publicada el 8 de febrero de 2019 en el Semanario Judicial de la Federación se encuentra la aclaración de que los padres tienen la libertad de formar a sus hijos en la religión que ellos decidan y que están legitimados para autorizar las decisiones médicas sobre ellos siempre y cuando que con ésta decisión no pongan en riesgo la vida del menor. Si la vida del menor llegara a estar en riesgo como consecuencia de la decisión de los padres el Estado tienen la facultad de intervenir para tomar la decisión adecuada en lugar de los padres. Dentro de un contexto médico, la vida del menor puede estar en riesgo cuando los padres se niegan a seguir el tratamiento médico adecuado porque sus creencias religiosas no lo permiten, dando así una mayor importancia a su religión. Link de la publicaci...

Actualización del Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional

El 4 de octubre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual se actualiza el Manual de Organización General de la Secretaría de la Defensa Nacional en la parte correspondiente a la Fuerza Aérea Mexicana ya que anteriormente, el 4 de julio de 2017, se había publicado en el DOF el Manual anteriormente mencionado pero en él no se contemplaban las funciones específicas que tendrían las Direcciones de los Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea Mexicana, por lo que en este nuevo acuerdo publicado se adicionan las funciones específicas que tendrá la Dirección de Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea. Es interesante ver cómo es que en un documento publicado de manera oficial se omitieron las funciones específicas que tendría la Dirección de Servicios Técnicos de la Fuerza Aérea Mexicana y que la adición de éstas se realizara  transc...